Cesión de crédito: deducciones

La cesión de deuda se refiere a préstamos dudosos o NPL (non performing loans).

Cualquier Compañia que se encuentre con facturas impagadas, podrá decidir transferirlas a un tercero; por lo general, estos compradores son agencias externas de recuperación de impagados o inversores  privados (Fondos….).

 

La utilidad de la cesión de crédito

Si bien la empresa que compra el crédito, o el cesionario, no paga el valor inicial del mismo, pero en menor medida, las ventajas para el cedente son considerables.

En primer lugar, la deuda también transfiere todo el riesgo de insolvencia del deudor (el cedido) al cesionario; por lo tanto, el cedente ya no tendrá de qué preocuparse en relación con ese expediente.

Además, la persona que cede su crédito, al hacerlo, evita realizar una acción de recuperación de deuda, con todo lo que ello conlleva; por tanto: gastos y tiempo en primer lugar, y siempre con la duda de que el importe que se recuperará no será en todo caso el total del importe pendiente.
Por el contrario, al transferir la deuda, inmediatamente obtienes liquidez para tu empresa, que gracias a toda la operación también mejorará sus ratios patrimoniales.

Otro beneficio es el fiscal: de hecho, los importes no cobrables se pueden descontar.
La exención fiscal de una deuda permite a un acreedor deducir la incidencia de un impuesto del monto de su crédito. Gracias a esta herramienta se aligera la carga fiscal y se puede determinar con mayor certeza la base imponible de una empresa.

 

Ge.Ri. compra NPL

Ge.Ri. se ocupa de la recuperación de impagados desde casi 30 años y, entre otros servicios, adquiere impagados comerciales fallidos (NPL) de origen bancario, financiero y del sector de los servicios públicos.

La compra pro soluto por parte de Ge.Ri. tiene lugar en tres fases:

  • se firma un acuerdo de confidencialidad con el cedente para permitir el intercambio de datos necesario;
  • se lleva a cabo un análisis cuidadoso de la situación del deudor para determinar el valor de la propuesta de compra;
  • se estipula el contrato y se paga la compensación acordada al cedente.

Si necesita más información o pedirnos una primera reunión informativa, póngase en contacto con nosotros sin dudarlo; nuestros consultores estarán encantados de atenderle y ayudarle a gestionar su consulta lo más rápido posible, siempre con la máxima profesionalidad y eficacia.